TRIBUNALES

Una sentencia reconoce el derecho a la desconexión digital a trabajadoras de la ayuda a domicilio

Ciudad de la Justicia de Córdoba

El Juzgado de lo Social número 1 de Córdoba ha dictado una sentencia por la que se reconoce el derecho a la desconexión digital para todas las trabajadoras del servicio de ayuda a domicilio, tras una demanda interpuesta contra la empresa Ineprodes SL que presta dicho servicio en la localidad cordobesa de La Guijarrosa.

Según ha informado en una nota el sindicato CTA, que ha estado representado en este juicio por el letrado Ibarra Mirada, "la demanda obedecía al procedimiento de esta empresa de llamar a las auxiliares de ayuda a domicilio del SAD de La Guijarrosa a su teléfono particular fuera de su horario de trabajo y en pleno descanso diario, semanal o anual, para ordenar o solicitar la realización de servicios de atención domiciliaria distintos de los previamente programados en su cuadrante semanal".

En este sentido, el fallo de la sentencia declara que "el comportamiento de Ineprodes SL lesiona su derecho laboral a la desconexión digital y su derecho fundamental a la intimidad personal y familiar".

Así, el fallo condena a la entidad a "abstenerse de perturbar el descanso diario, semanal o anual de las auxiliares de ayuda a domicilio del SAD de La Guijarrosa mediante llamadas telefónicas o mensajes de texto a su teléfono particular realizados fuera de su horario de trabajo, para ordenar o solicitar la realización de servicios de atención domiciliaria distintos de los previamente programados en su cuadrante semanal".